Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 6
En vigor desde 14 dic 2006
La sociedad cooperativa quedará constituida y tendrá personalidad jurídica desde el momento en que se inscriba la escritura pública de constitución de la misma en el Registro de Cooperativas de Navarra.
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Proeli/es-nc/lf/2006/12/11/14#art-6