Título CAPÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional vigésima tercera
En vigor desde 1 ene 2015
Con efectos desde el 1 de enero de 2015, el tipo de interés de demora a que se refiere el artículo 50.2.c) de esta ley foral queda establecido en el 4,375 por 100 anual.
Se añade por el .4 de la Ley Foral 28/2014, de 24 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1016 .
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2000/12/14/13#disposicion-adicional-vigesima-tercera