Art. 11
En vigor desde 10 abr 1999
El Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea emitirá, a instancia de la correspondiente Comisión de Evaluación, la acreditación formal del nivel de carrera profesional alcanzado por cada facultativo.
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Proeli/es-nc/lf/1999/04/06/11#art-11