Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional

En vigor desde 31 jul 1997
Se faculta al Gobierno de Navarra para revisar anualmente la cuantía de las sanciones previstas en la presente Ley Foral, a fin de adecuarlas a las modificaciones experimentadas por el índice general de precios de consumo.
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eli/es-nc/lf/1997/06/27/11#disposicion-adicional

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