Art. Disposición adicional
Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional

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En vigor desde 31 jul 1997
Se faculta al Gobierno de Navarra para revisar anualmente la cuantía de las sanciones previstas en la presente Ley Foral, a fin de adecuarlas a las modificaciones experimentadas por el índice general de precios de consumo.
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eli/es-nc/lf/1997/06/27/11#disposicion-adicional