Título TÍTULO X
Art. Disposición adicional decimoquinta
En vigor desde 13 dic 2025
En la adjudicación y renovación anual de contratos de arrendamiento de viviendas de protección oficial y viviendas adscritas a la Bolsa de Alquiler, se tendrán en cuenta, para acceder a una subvención, los datos derivados de la declaración de la renta del año anterior.
No obstante, cuando se produzca una variación en la situación económica de las personas beneficiarias, que implique una reducción anual de ingresos de al menos el 20 % respecto a los ingresos declarados en la renta del año anterior, en la solicitud de renovación las personas beneficiarias podrán solicitar que se tengan en cuenta los ingresos reales de ese momento.
Se modifica por el art. único.10 de la Ley Foral 15/2025, de 27 de noviembre. Ref. BOE-A-2025-26135 Se modifica por el .34 de la Ley Foral 9/2025, de 30 de junio. Ref. BOE-A-2025-15656 Numerado el apartado del conforme a la corrección de errores publicada en BON núm. 158, de 8 de agosto de 2025. Ref. BOE-A-2025-17081 Se añade por el art. único.8 de la Ley Foral 27/2014, de 24 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1015 .
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2010/05/10/10#disposicion-adicional-decimoquinta