Capítulo CAPÍTULO III

Art. 10

En vigor desde 31 dic 1988
El canon de saneamiento se exigirá por los vertidos de aguas residuales al medio ambiente, ya sea directamente o a través de las redes de alcantarillado de las Entidades Locales.
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eli/es-nc/lf/1988/12/29/10#art-10

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