Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 20

En vigor desde 26 ene 2019
1. En el marco de la normativa reguladora de la transparencia, acceso a la información pública y gobierno abierto, y sin perjuicio de lo dispuesto en otras normas que prevean o contemplen instrumentos de participación, la ciudadanía ostenta el derecho a participar libremente en la vida cultural mediante la intervención en los procesos importantes de adopción de decisiones relacionadas con las políticas públicas del ámbito cultural que les afecten y en el ejercicio de sus derechos culturales. Las Administraciones Públicas de Navarra incentivarán el ejercicio por la ciudadanía de este derecho. 2. El derecho a la participación en los procesos de decisiones podrá ejercerse a título individual o en representación de las asociaciones, organizaciones y entidades que tengan por objeto la promoción de la cultura y de las manifestaciones culturales y creativas.
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eli/es-nc/lf/2019/01/15/1#art-20

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