Capítulo CAPÍTULO II

Art. 3

En vigor desde 1 mar 2011
1. El personal que realice las funciones de valoración de la situación de dependencia previstas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, así como en su normativa de desarrollo, estará adscrito al Departamento competente en materia de servicios sociales de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. 2. El personal que desarrolle la valoración estará provisto de un documento acreditativo de su condición que habrá de exhibir en el ejercicio de sus funciones.
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eli/es-nc/lf/2011/02/15/1#art-3

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