Título TÍTULO VII

Art. Disposición adicional quinta

En vigor desde 10 abr 2022
En el plazo de cinco años a partir de la entrada en vigor de la presente ley, se llevará a cabo la publicación del Catálogo Vasco de Corredores Ecológicos, con su correspondiente cartografía.
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eli/es-pv/l/2021/11/25/9#disposicion-adicional-quinta

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