Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 18

En vigor desde 30 dic 2021
Los criterios de priorización a la hora de ejecutar las actividades estadísticas que aparecen en el Plan son los siguientes: a) Garantizar que la relación entre los costes y los beneficios es óptima, entendiendo los costes como la combinación de los costes económicos y el grado de complejidad técnica, metodológica y organizativa, y entendiendo los beneficios como el grado de consecución de los criterios de priorización descritos por los párrafos b, c, d, e, f y g de este artículo. b) Aportar información significativa para mejorar el conocimiento de la realidad y facilitar la toma de decisiones. c) Diversificar el conjunto de estadísticas disponibles sobre la Comunidad Autónoma, priorizando las que estudien realidades cambiantes y fenómenos emergentes en la realidad económica, demográfica y social de Cantabria. d) Aportar la información necesaria para poder disponer de un sistema de indicadores estadísticos homologables a los utilizados en el sistema estadístico estatal, europeo e internacional. e) Desglosar los resultados por sexo y por edad, si es técnica y metodológicamente posible. f) Obtener resultados estadísticos de actualidad. g) Aprovechar las fuentes de información administrativas existentes y disponibles. h) Cualquier otro resultado, que, por circunstancias coyunturales excepcionales, sea del interés de la Comunidad Autónoma.
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eli/es-cb/l/2021/12/20/9#art-18

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