Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 263
En vigor desde 28 may 2019
Si, como consecuencia de la resolución de un procedimiento sancionador, se derivan responsabilidades administrativas o de otra índole para los padres y madres o las personas que ejerzan la tutela o la guarda de las personas menores de edad, se debe informar al Ministerio Fiscal con la finalidad de depurar posibles responsabilidades civiles.
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Proeli/es-ib/l/2019/02/19/9#art-263