Título TÍTULO III

Art. 12

En vigor desde 16 abr 2025
El Mecenazgo Cultural y Deportivo podrá realizarse, de conformidad con lo dispuesto en la presente ley mediante las siguientes modalidades: a) Donaciones. b) Préstamos de uso o comodato. c) Convenios de colaboración. Se modifica por el .14 de la Ley 2/2025, de 11 de abril. Ref. BOE-A-2025-11442

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eli/es-cm/l/2019/12/13/9#art-12

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