Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 55

En vigor desde 12 ene 2019
La Comunidad Autónoma de Cantabria determinará reglamentariamente las actuaciones y obligaciones a que estarán sujetas las Administraciones públicas de la misma, así como las entidades del sector público dependiente de éstas, con el fin de garantizar la accesibilidad universal en todos los servicios públicos de su competencia.
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eli/es-cb/l/2018/12/21/9#art-55

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