Libro LIBRO SEGUNDO›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
Art. 299
En vigor desde 9 mar 2018
A los contratos de fabricación se les aplicarán directamente las normas generales y especiales del contrato de obras que el órgano de contratación determine en el correspondiente pliego de cláusulas administrativas particulares, salvo las relativas a su publicidad y procedimiento de adjudicación que se acomodarán, en todo caso, al contrato de suministro.
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Proeli/es/l/2017/11/08/9#art-299