Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 21
En vigor desde 18 ene 2017
Las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma deberán establecer procesos de participación en la formulación de los instrumentos de planificación, gestión y evaluación de servicios sociales de su competencia, que se regirán por la normativa vigente en materia de participación.
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Proeli/es-an/l/2016/12/27/9#art-21