Art. 75
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Tasa por los servicios prestados por el Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha

Art. 75

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En vigor desde 2 dic 2012
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios del Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha consistentes en los siguientes: 1. Expedición de certificados. 2. Diligenciado de libros sociales y contables obligatorios. 3. Depósito de cuentas anuales. 4. Inscripciones.
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