Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO VII›Secc. Sección 5.ª Tasa por la expedición de certificados de pago y de certificados de deuda por la Tesorería de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Art. 410
En vigor desde 2 dic 2012
Constituye el hecho imponible de la tasa la emisión por los órganos administrativos competentes, de certificados de pago y de los certificados de deuda de pagos pendientes expedidos por la Tesorería de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
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Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-410