Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 21.ª Tasa por la acreditación de las entidades colaboradoras de adopción internacional

Art. 334

Derogado
En vigor desde 2 dic 2012
La tasa se exigirá según la siguiente tarifa: 176,50 euros por la emisión de la acreditación de entidad colaboradora de adopción internacional.
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eli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-334

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