Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 19.ª Tasa por realización de informes de seguimiento de adopción internacional

Art. 325

Derogado
En vigor desde 2 dic 2012
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que soliciten la emisión del informe de seguimiento de la adopción internacional.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-325

Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil