Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 19.ª Tasa por realización de informes de seguimiento de adopción internacional
Art. 325
DerogadoEn vigor desde 2 dic 2012
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que soliciten la emisión del informe de seguimiento de la adopción internacional.
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Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-325