Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 18.ª Tasa por acreditación y registro como entidad de voluntariado
Art. 322
DerogadoEn vigor desde 2 dic 2012
La tasa se exigirá de acuerdo con la siguiente tarifa: 22,50 euros por la emisión de la acreditación y la inscripción o por la renovación en el Registro Central de Entidades de Voluntariado.
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Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-322