Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 18.ª Tasa por acreditación y registro como entidad de voluntariado

Art. 322

Derogado
En vigor desde 2 dic 2012
La tasa se exigirá de acuerdo con la siguiente tarifa: 22,50 euros por la emisión de la acreditación y la inscripción o por la renovación en el Registro Central de Entidades de Voluntariado.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-322

Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil