Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 14.ª Tasa por solicitud de revisión del programa individual de atención
Art. 306
DerogadoEn vigor desde 2 dic 2012
La tasa se exigirá de acuerdo con la siguiente tarifa: 15,00 euros por cada revisión del PIA.
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Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-306