Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma

Art. 84

En vigor desde 10 ago 2010
La base liquidable será el resultado de aplicar a la base imponible la reducción prevista en el artículo anterior. Cuando no proceda la reducción, la base liquidable será igual a la base imponible.
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eli/es-an/l/2010/07/30/9#art-84

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