Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 39
En vigor desde 19 abr 2007
Las Administraciones Públicas Canarias impulsarán el estudio científico de los riesgos que pueden afectar a la población, los bienes y el patrimonio colectivo, la investigación sobre los medios y técnicas de respuesta, y los estudios sociológicos necesarios para determinar las necesidades informativas de la población.
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Proeli/es-cn/l/2007/04/13/9#art-39