Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 16 jul 2005
Hasta que no se apruebe el nuevo reglamento del Jurado de Expropiación de Cataluña, se entiende que las referencias al Departamento de la Presidencia lo son al departamento al que se adscribe el Jurado.
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eli/es-ct/l/2005/07/07/9#disposicion-transitoria-segunda

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