Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 10 dic 2004
El Consell de la Generalitat asignará al Consejo Valenciano de Personas Mayores la sede adecuada para el cumplimiento de sus fines.
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eli/es-vc/l/2004/12/07/9#disposicion-adicional-primera

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