Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 224

En vigor desde 1 ene 2003
En el desarrollo de las actividades reguladas en la presente Ley entenderán específicamente los órganos pertenecientes a la Administración de la Comunidad Autónoma y a las Administraciones Locales.
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eli/es-ga/l/2002/12/30/9#art-224

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