Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 3.ª Sistema de compensación§ Subsección 4.ª Procedimiento abreviado

Art. 114

En vigor desde 31 jul 2007
Las iniciativas que cuenten con el respaldo de propietarios que representen, al menos, el 70 por 100 de la superficie total, podrán incluir el proyecto de reparcelación para su tramitación conjunta con la iniciativa correspondiente. La resolución municipal que apruebe definitivamente la iniciativa, incluirá la aprobación del proyecto de reparcelación. Se modifica por el .3 de la Ley 3/2007, de 26 de julio. Ref. BOE-A-2007-17584 .

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eli/es-md/l/2001/07/17/9#art-114

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