Título TÍTULO ÚNICO
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 5 may 1998
El personal integrado, así como el personal docente laboral indefinido que participe y supere el proceso selectivo, mantendrá el desempeño de sus puestos de trabajo, sin perjuicio de las adaptaciones que sea posible realizar en éstos como consecuencia de la catalogación de puestos de trabajo en los conservatorios.
El personal docente laboral indefinido que no participe en el proceso selectivo o no lo supere continuará al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco con la relación que ostentaba y siendo sus plazas declaradas a extinguir.
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Proeli/es-pv/l/1998/04/03/9#disposicion-adicional-cuarta