Título TÍTULO II
Art. 14
En vigor desde 1 ene 1992
La gestión, comprobación e inspección del cumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Ley, así como la imposición de las sanciones procedentes, corresponde a la Consejería de Economía y Hacienda.
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Proeli/es-ib/l/1991/11/27/9#art-14