Art. 5
En vigor desde 21 dic 2022
El Consejo estará formado por los siguientes miembros:
a) Nueve en representación de la Diputación General de Aragón.
b) Nueve en nombre de las organizaciones sindicales más representativas, según lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y en la Ley Orgánica de Libertad Sindical.
c) Nueve en nombre de las organizaciones empresariales más representativas, de acuerdo con la ley.
d) Uno en nombre de las entidades de economía social designado por el Consejo Aragonés de la Economía Social, de entre ellas.
Se añade la letra d) por la disposición final 4 de la Ley 7/2022, de 1 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-496#df-4
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/1990/11/09/9#art-5