Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO I

Art. 51

En vigor desde 1 ene 1990
La Diputación General de Aragón, especialmente a través del Departamento de Industria, Comercio y Turismo y de la Comisión de Reforma de las Estructuras Comerciales de Aragón, promoverá el desarrollo y modernización de la actividad comercial en todo el territorio de la Comunidad Autónoma.
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eli/es-ar/l/1989/10/05/9#art-51

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