Capítulo CAPÍTULO TERCEROSecc. Sección tercera. Los contratos entre editores

Art. Artículo trigésimo

En vigor desde 3 abr 1975
El contrato de coedición plena es aquel por el que se conciertan varios editores para publicar simultáneamente, por lo general en diferentes países o lenguas, una obra realizada por uno o varios de ellos.
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eli/es/l/1975/03/12/9#articulo-trigesimo

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