Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 41

En vigor desde 17 ene 2023
La premoriencia del definido al ascendiente, sin dejar descendencia, supondrá la ineficacia sobrevenida de la definición y, en relación con los bienes transmitidos, resultarán aplicables los artículos 21 y 22 de esta ley.
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eli/es-ib/l/2022/11/11/8#art-41

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