Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 10

En vigor desde 15 nov 2020
La Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Sanitarios de Castilla-La Mancha, en el ámbito de sus funciones, podrá llegar a acuerdos de colaboración con otras entidades encargadas de las reservas o depósitos de material sanitario que se puedan crear en el ámbito estatal o autonómico, así como con otras entidades para el desarrollo e implantación de instalaciones de producción de material sanitario en Castilla-La Mancha.
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eli/es-cm/l/2020/10/16/8#art-10

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