Capítulo CAPÍTULO III

Art. 10

En vigor desde 13 abr 2019
1. La Comarca Central, para la prestación de servicios y al objeto de su gestión, se organiza en cinco ejes integrados por los siguientes municipios: a) Eje Uno: Zuera, San Mateo de Gállego y Villanueva de Gállego. b) Eje Dos: La Puebla de Alfindén, Pastriz, Alfajarín, Nuez de Ebro, Villafranca de Ebro, Villamayor de Gállego y Osera de Ebro. c) Eje Tres: El Burgo de Ebro, Fuentes de Ebro y Mediana de Aragón. d) Eje Cuatro: Cuarte de Huerva, Cadrete, María de Huerva, Botorrita, Mozota y Jaulín. e) Eje Cinco: Utebo. El municipio de Zaragoza, en atención a su régimen especial, no está integrado en ningún Eje. 2. Los órganos de la Comarca Central son los siguientes: a) El Consejo Comarcal. b) El presidente. c) Los vicepresidentes. d) La Comisión de Eje. e) Los presidentes de la Comisión de Eje. f) La Junta de Coordinación. g) La Comisión Especial de Cuentas. 3. El Consejo Comarcal, mediante la aprobación por mayoría absoluta del reglamento orgánico comarcal, podrá regular los órganos complementarios que considere necesarios, la estructura administrativa del ente comarcal y las relaciones entre los órganos comarcales y los municipios respectivos.
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eli/es-ar/l/2019/03/29/8#art-10

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