Título TÍTULO III
Art. Disposición transitoria primera
En vigor desde 8 ago 2018
Las administraciones públicas competentes implantarán las medidas establecidas en los capítulos II y III del título I en el plazo de doce meses desde la entrada en vigor de esta ley, excepto las que dispone el artículo 33, las cuales deberán estar implantadas en el plazo de dieciocho meses.
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Proeli/es-ib/l/2018/07/31/8#disposicion-transitoria-primera