Título TÍTULO II

Art. 6

En vigor desde 6 may 2026
Se prohíben las terapias que puedan suponer una agresión o intimidación a la persona trans , destinadas a modificar la identidad o expresión de género de estas personas, siendo posible acogerse a acompañamiento siempre que se opte libre y voluntariamente . Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación de los incisos destacados, en la redacción dada por el art. 127 de la Ley 5/2025, desde el 26 de febrero de 2026 para las partes del proceso y desde el 6 de mayo de 2026 para los terceros, por providencia del TC de 28 de abril de 2026 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 1549-2026. Ref. BOE-A-2026-9794 Se suspende la vigencia y aplicación de los incisos destacados, en la redacción dada por el art. 127 de la Ley 5/2025, desde el 26 de febrero de 2026 para las partes del proceso y desde el 6 de mayo de 2026 para los terceros, por providencia del TC de 28 de abril de 2026 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 1549-2026. Ref. BOE-A-2026-9794 Se modifica por el art. 127 de la Ley 5/2025, de 30 de mayo. Ref. BOE-A-2025-11959

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eli/es-vc/l/2017/04/07/8#art-6

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