Título TÍTULO VII
Art. 69
En vigor desde 6 ago 2017
Reglamentariamente se regulará la composición, el funcionamiento y la organización del Consejo para la Accesibilidad, de acuerdo con lo establecido en este título y teniendo en cuenta la normativa sobre órganos colegiados.
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Proeli/es-ib/l/2017/08/03/8#art-69