Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 51

En vigor desde 4 feb 2018
Son nulas de pleno derecho las disposiciones, actos o cláusulas de los negocios jurídicos inter partes que constituyan o causen discriminación por razón de orientación sexual, identidad de género o pertenencia a familia LGTBI, y darán lugar a responsabilidad de acuerdo con lo previsto en la presente ley.
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eli/es-an/l/2017/12/28/8#art-51

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