Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. Disposición adicional única
En vigor desde 30 dic 2015
Quedan desafectados del dominio público los bienes y derechos que a la entrada en vigor de la presente Ley integran el patrimonio del Ente Público de Radio Televisión Madrid y de las sociedades Televisión Autonomía Madrid, S. A. y Radio Autonomía Madrid, S. A. Tales bienes tendrán la consideración de patrimoniales de Radio Televisión Madrid, S. A.
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