Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición transitoria tercera

En vigor desde 30 dic 2015
1. La elección del nuevo Director General y demás miembros del Consejo de Administración deberá realizarse en el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente Ley. Hasta que estos tomen posesión, continuarán en el ejercicio de sus funciones el actual Consejo de Administración del Ente Público de Radio Televisión Madrid y su Director General. 2. En el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la presente Ley, la Asamblea, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Asamblea de Madrid, aprobará el procedimiento para la elección del Director General y de los miembros del Consejo de Administración.
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