Título TITULO III›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición transitoria cuarta
En vigor desde 10 jul 2015
La obligación de presentar el Plan de Gobierno previsto en el artículo 14 de esta ley será de aplicación a partir de la siguiente legislatura.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2015/03/25/8#disposicion-transitoria-cuarta