Título TÍTULO VIII
Art. 83
En vigor desde 16 abr 2015
En todas las competiciones y actividades deportivas que se celebren al amparo de la presente ley será de aplicación la lista de sustancias y métodos no reglamentarios destinados a aumentar artificialmente las capacidades físicas de los y las deportistas o a modificar los resultados de las competiciones aprobada y publicada por el Estado.
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Proeli/es-mc/l/2015/03/24/8#art-83