Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición transitoria séptima
En vigor desde 23 may 2015
Lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de esta Ley sobre contratos en exclusiva de los operadores al por mayor, será de aplicación a partir del 1 de julio de 2016, rigiendo hasta ese momento lo previsto en la disposición transitoria quinta de la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
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Proeli/es/l/2015/05/21/8#disposicion-transitoria-septima