Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 30
En vigor desde 9 abr 2015
Dispuesta por el Ministerio competente la apertura del proceso electoral, el Consejero competente convocará, mediante resolución, las elecciones para la renovación del los plenos de las Cámaras.
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Proeli/es-as/l/2015/03/20/8#art-30