Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final primera

En vigor desde 25 nov 2013
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley la Junta de Castilla y León adaptará, en su caso, la composición y la normativa reguladora vigente del órgano colegiado con funciones de consulta y participación en materia de emigración a las previsiones contenidas en ella.
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eli/es-cl/l/2013/10/29/8#disposicion-final-primera

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