Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 1 ene 2014
1. A la entrada en vigor de esta ley quedará derogada la Ley 9/2008, de 4 de diciembre, de Medidas en Materia de Tributos Cedidos. 2. La derogación de la disposición a que se refiere el apartado 1 no perjudicará los derechos de la Hacienda pública de Castilla-La Mancha respecto a las obligaciones devengadas durante su vigencia.
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eli/es-cm/l/2013/11/21/8#disposicion-derogatoria-unica

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