Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional tercera
En vigor desde 1 ene 2013
En el plazo de un mes desde la entrada en vigor de esta ley, se procederá a la constitución de la Comisión Bilateral regulada en el artículo 55.
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Proeli/es-md/l/2012/12/28/8#disposicion-adicional-tercera