Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional vigésimo cuarta
En vigor desde 18 jun 2022
La consejería competente en materia de turismo elaborará y ejecutará un programa de formación e información en materia de circularidad con el objetivo de facilitar la elaboración y la aplicación de las estrategias y los planes de circularidad en la comunidad autónoma de las Illes Balears, definidos en el título V de la Ley 8/2012. El programa formativo comprenderá, entre otros aspectos, la publicación de una guía para la elaboración de los planes de circularidad y de herramientas de cálculo de la huella de carbono.
Se añade por el .41 de la Ley 3/2022, de 15 de junio. Ref. BOE-A-2022-13846#a2
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Proeli/es-ib/l/2012/07/19/8#disposicion-adicional-vigesimo-cuarta